El término piratería se utiliza generalmente para describir la infracción deliberada de los derechos de autor (copyright) a una escala comercial. En relación a la industria de la música, se refiere a la copia no autorizada y, en este contexto, se identifican en 4 categorías:
Es la elaboración o distribución de copias de grabaciones de sonido en soportes físicos sin el permiso del titular de los derechos. El término "piratería" se refiere a actividades que son de naturaleza comercial, incluyendo actividades que causan daño comercial. El empaquetado de copias piratas puede ser o no diferente del original. Las copias piratas son generalmente compilaciones, tales como los "grandes éxitos" de un artista específico, o una colección de un género específico, tal como los temas dance.
Las falsificaciones son un tipo de piratería física, éstas, son grabaciones hechas sin el permiso requerido, son empacadas para parecerse, lo más posible, al original. El arte original se reproduce, así como las marcas y los logotipos en algunos casos, y probablemente engañen al consumidor para que crea que está comprando un producto genuino legítimo.
Son grabaciones no autorizadas de interpretaciones o transmisiones en vivo de conciertos. Estos son duplicados y vendidos, algunas veces a precios especiales, sin el permiso del artista, compositor o compañía discográfica.
En México el uso de las nuevas tecnologías ha ido en asenso, representando para los productores de fonogramas un nuevo reto tanto para la reproducción, distribución, y venta, de discos originales. Cada día hay mas individuos que, descargando canciones de sitios ilegales, o bien, utilizando los sistemas P2P, intercambian sin autorización música grabada, almacenándola en sus computadoras y posteriormente la queman en un CD-R, constituyendo estas actividades, nuevas formas de piratería, propiciando problemas potencialmente mayores que la piratería física o tradicional.
Ante esta situación APDIF México, ha creado una unidad Anti-piratería Cibernética llevando acciones conjuntas con unidades especializadas en la materia de la Autoridad Federal
Prácticamente todos los que se ocupan con la piratería de música saben que es ilegal, pero no se entiende muy bien por qué es ilegal. La respuesta radica principalmente en la forma en que las leyes de los derechos de autor (copyright) se aplican a la música.
Para asegurar que existen iniciativas apropiadas para que las compañías continúen invirtiendo en la creación, producción, promoción y comercialización de grabaciones de sonido, los tratados internacionales [
WIPO (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual),
TRIPS] y las leyes nacionales otorgan a los productores de grabaciones de sonido, diversos, derechos sobre esas grabaciones. Estos derechos incluyen el derecho exclusivo de copiar comercialmente las grabaciones y distribuir/importar/exportar esas copias. Dependiendo del país en el que vivas, estos derechos pueden ser llamados derechos de autor (copyright), o derechos "relacionados" o "conexos". Estos son distintos a cualquier derecho que pueda perdurar en la música o en la letra que se está grabando.
Son estos derechos los que permiten a los organismos de ejecución de la ley que lleven a cabo acciones criminales en contra de aquellos que copian y distribuyen música sin la autorización de las compañías discográficas que invirtieron en producirla. También permiten a los productores de discos tomar acciones civiles para recuperar la indemnización por daños sufrida como resultado de la piratería de música. Mientras que generalmente existen otras leyes y regulaciones que son infringidas por los piratas de música (i.e. leyes de impuestos, leyes de marcas), los derechos de los productores de música bajo leyes de derechos de autor (copyright) o de derechos relacionados/conexos son la base fundamental para la ilegalidad de la piratería de música.